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La obligación de construir que el TROTU da como una posibilidad para casos excepcionales en zonas urbanas, el cuatripartito lo convierte en una imposición para todos los pueblos, asegura el PSOE de Llanes

 

  • Ni alarma ni engaño. Los socialistas insisten en el “disparate” que implica obligar a los propietarios de fincas, en núcleos rurales, a construir en el plazo de seis años bajo amenaza de ser expropiados por el ayuntamiento. “Imponen a los pueblos llaniscos, un instrumento que el ROTU ofrece como posible alternativa para edificar solares vacíos de centros urbanos o rehabilitar edificios catalogados en riesgo de ruina. Y siempre en circunstancias muy especiales y justificadas”, aclara Arantxa Miguel, secretaria de Política Municipal.

 

Llanes, domingo 18 de diciembre de 2022. “Imponen a los pueblos llaniscos, un instrumento que el ROTU ofrece como posible alternativa para edificar solares vacíos de centros urbanos o rehabilitar edificios catalogados en riesgo de ruina. Y siempre en circunstancias muy especiales y justificadas”, ha manifestado la Arantxa secretaria de Política Municipal de la Agrupación Socialista de Llanes, quien ha insistido en el “disparate” que supone obligar a los propietarios de fincas en los pueblos a construir en el plazo de seis años para que no los expropie el Ayuntamiento. De ahí que hayan vuelto a pedir que se suprima el artículo 212 incluido en el Documento de Aprobación Inicial de PGOLL, tal y como alegaban la pasada semana.

Artículo que dice textualmente en cuanto a los plazos para edificar que:

“…Los propietarios de terrenos incluidos en suelo no urbanizable de núcleo rural deberán cumplir con el deber de edificación establecido en el TROTU en un plazo máximo de seis años a partir de la aprobación definitiva de este Plan General. En caso de incumplimiento del deber de edificar la Administración decretará la edificación forzosa en los términos establecidos en los artículos 206 y siguientes del TROTU…”

Mientras que en la normativa autonómica se explicita que la obligatoriedad se refiere exclusivamente a solares y a edificios catalogados, en el Plan General de Llanes se alude a las parcelas de las aldeas; es decir Suelo No Urbanizable de Núcleo Rural. En consecuencia, cualquier vecino que tenga una finca incluida dentro de esta delimitación, o junto a su casa, estará obligado a edificar en los seis años siguientes a la aprobación del Plan, con la amenaza de ser expropiado si no lo hace. “Solo la mala fe o la ignorancia pueden explicar las reacciones de la concejal de urbanismo y el alcalde a la alegación que los socialistas presentamos para suprimir dicho artículo 212, tan perjudicial para nuestros pueblos”, indicó Arantxa Miguel, “y no sé cuál de las dos puede ser más nefasta para Llanes”, añadió.

No solo es este aspecto el que los socialistas piden cambiar de la aprobación inicial del PGOLL. El documento debe ser muy mejorado a su juicio tanto en aspectos formales como de fondo.  De ahí, que aseguren que hasta el jueves seguirán presentando alegaciones para mejorarlo. “Somos muy conscientes de la necesidad que tiene Llanes de tener plan. Por ello nuestra postura nunca será ni obstruccionista ni demodelora, sino constructiva, como estamos demostrando con las aportaciones para corregir sus errores. No votamos ni votaremos en su contra, pero exigimos que se corrijan errores o disparates como este de las expropiaciones”, concluye la secretaria de Política Municipal.